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jueves, 25 de agosto de 2016

UN FALLO JUDICIAL ORDENO SUSPENDER EL USO DEL FGS-FONDO GARANTIA SUSTENTABILIDAD POR 3 MESES

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Un juez previsional dictó un fallo judicial, suspendiendo por 3 meses o hasta que haya una resolución definitiva, el uso del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de ANSES para el pago de deudas por reajustes de haberes. Esto fue ordenado por la justicia federal de la Seguridad Social. Los reajustes deberán pagarse con las partidas de la ley de presupuesto y éstas podrán ser ampliadas por el Jefe de Gabinete, en caso de no alcanzar. El Secretario Legal y Técnico de la ANSES, Gonzalo Estivariz, dijo que apelarán la medida, aunque ésta no suspende el Programa de Reparación Histórica. El amparo fue presentado por el abogado Fernando Pastor, jubilado y ex-director del Centro Estudios Internacional de la Seguridad Social. La demanda recayó en el juzgado N° 6 del Dr.Fantini, quien anoche resolvió la medida. El abogado objetó el artículo 28 de la ley de Reparación Histórica, que permite a la ANSES vender activos y usar los rendimientos del FGS (Fondo Garantía Sustentabilidad) para pagar deudas por sentencias firmes, juicios en trámite y reajustes de haberes. En su demanda planteó que: hacer esto, eliminar el impuesto a los bienes personales y devolver impuestos coparticipables a las Provincias, tiene como finalidad vaciar el FGS. El fallo cautelar dice textualmente: "Las disposiciones del art.28 no superan un mínimo control de razonabilidad que cabe exigir ante tamaña disposición de fondos que, por otra parte, no pertenecen directa y exclusivamente al Estado Nacional sino al Sistema Integrado Previsional Argentino. Según recordó el Juez Fantini, las autoridades dijeron que lo que se recaude con el blanqueo será utilizado para el Programa de Reparación Histórica y además con la Ley de Presupuesto se pueden ampliar las partidas destinadas para el pago de las deudas previsionales. Mientras se sustente la acción de amparo, cada una de las partes podrán presentar elementos para avalar sus posturas y en cuanto a la demandada deberá demostrar que su finalidad no es vaciar el Fondo de Garantía.  El abogado Fernando Pastor agregó que es posible defender el FGS, porque para pagar sentencias y reajustes de haberes jubilatorios a los que no hicieron juicio, no es necesario dictar ninguna ley... sólo hay que cumplir la ley.

Fuente: Diario "Clarín"
                                                                                 Elsa Inés Bernardi Semino 



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